A pesar de que el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires emitió un decreto en enero pasado a través del cual determinó su potestad en materia de salud en el ámbito porteño, el Ministerio de Salud de la Nación volvió a sacar hoy una nueva resolución para ser cumplida por las farmacias del distrito con mayor densidad de población de la Argentina. Ver artículo.
«Con este mecanismo la Nación está desconociendo y violando la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires», dijo a Pharmabiz el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez.
La resolución 1793 publicada hoy en el Boletín Oficial lleva la firma del ministro de Salud Juan Manzur y se refiere al sistema de turnos, exclusivamente para las farmacias porteñas. Ver resolución
En el mismo cuerpo normativo se derogaron la disposición 178 del 28 de agosto de 1990 de la Ex Subsecretaría de Salud y la disposición 469 del 28 de diciembre de 1990 de la Ex Subsecretaría de Administración de Servicios y Programas de Salud.
Aunque lo curioso es que la resolución de hoy es casi un calco de las disposiciones adoptadas en la década del ’90. Gil Domínguez explica que esto se debe a que las mismas tomaron vida previo a la Reforma Constitucional de 1994, cuando el Ministerio de Salud podía tomar decisiones en el ámbito de la ciudad».
La resolución publicada hoy trata sobre la duración, así como la frecuencia de los turnos. También las opciones para las farmacias que quieran hacer turnos extendidos y acerca de la clara exhibición de los horarios de atención al público y de los puntos de venta que prestan turnos en los alrededores.
La Resolución de hoy dice que la autoridad de aplicación sobre este tema será la Dirección Nacional del Registro, Fiscalización y Sanidad de Fronteras.