La AFIP suspendió hasta el 31 de diciembre de 2022, la iniciación de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud. La medida beneficia a prestadores médico-asistenciales y obras sociales, entre otros.
La Administración Federal de Ingresos Públicos -AFIP- estableció medidas transitorias de protección y alivio fiscal para los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud. Con ellas, busca garantizar el normal desempeño y funcionamiento de los establecimientos, instituciones y demás prestadores que conforman el sistema. Ver Boletín Oficial
Mediante la Resolución General 5154/2022, el organismo suspendió hasta el 31 de diciembre de 2022 el inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de embargos para entidades y empresas pertenecientes al sector.
La excepción alcanza a prestadores médico-asistenciales; instituciones de salud mental; establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores de la Seguridad Social o del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP) y/o de Agentes del Seguro de Salud. También incluye a obras sociales nacionales y provinciales.
Por otro lado, la norma, que lleva la firma de la administradora federal Mercedes Marco del Pont, establece que la AFIP no renunciará a ejercer sus facultades en casos “de grave afectación de los intereses del Fisco o prescripción inminente”.
Hasta fines de 2021, y por espacio de 19 meses, las ejecuciones fiscales estuvieron suspendidas para todos los sectores económicos como parte de las medidas implementadas por el Gobierno para paliar los efectos de la pandemia. Ahora el beneficio fue solo renovado para el sector salud.