El Ministerio de Trabajo, que tiene al frente a Raquel «Kelly» Kismer de Olmos, emitió una nueva disposición para fijar los topes indemnizatorios sobre un acuerdo salarial homologado por el Sindicato de Trabajadores Perfumistas y la Cámara Argentina de la Industria de Cosmética y Perfumería, CAPA. Todo en el marco de la ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
La cartera laboral dio a conocer nuevas referencias para los trabajadores del sector perfumista. A través de la Resolución 1102/22, la Dirección de Normativa Laboral encabezada por Jorge Titiro estableció, por un lado, los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios correspondientes al acuerdo homologado entre las partes y registrado bajo el número 3352/22. Ver disposición 1102
Así, se fijaron máximos indemnizatorios de $471.513,78 (u$s 2.526,73) a partir del 1° de diciembre del 2022; de $499.249,92 (u$s 2.675,37) desde el 1° de enero de 2023; y de $526.986,42 (u$s 2.824) que tendrá vigencia desde el 1° de marzo del presente año. Ver anexo, topes
Según lo establece el artículo n° 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cartera laboral debe publicar los promedios de remuneraciones sobre los cuales se fijan los topes indemnizatorios cada vez que se firma un acuerdo salarial.
u$s 1 =$186,61 (Cotización BCRA al vie 06/01/2023 – cierre)