El gobierno le hizo un guiño a la cúpula sindical al limitar por decreto la libre elección y el cambio de obras sociales. Se trata de un reclamo de larga data que a partir de ahora obliga a los trabajadores que inicien una relación laboral a permanecer al menos un año en la entidad gremial correspondiente a su actividad.

El gobierno de Alberto Fernández le dio a las obras sociales una esperada herramienta para evitar la pérdida de afiliados y, por consiguiente, la merma de ingresos que suponen los aportes obligatorios del sector empleador.

A través del decreto 438, publicado hoy miércoles en el Boletín Oficial, estableció que quienes en el futuro inicien una relación laboral deberán permanecer al menos un año en la obra social correspondiente a su actividad. Ver Decreto 438

A partir de esta medida, la opción de cambio ahora podrá ser ejercida una sola vez durante todo el año calendario. Lo norma aclara que el período de permanencia obligada de 12 meses en la obra social del rubro aplicará a todas las relaciones laborales iniciadas «con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto y no cuenten a dicha fecha con un año de antigüedad«.

Por otro lado, en su artículo 4° el decreto establece que las obras sociales deberán garantizar a los beneficiarios el acceso a la información detallada respecto de la cobertura prestacional brindada. Esto incluye que los usuarios puedan chequear en todo momento y por medio del sitio web institucional de la entidad la cartilla completa, con los planes y programas de cobertura.

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Christian Atance
Periodista especializado en finanzas y mercado de capitales.

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