La ANMAT emitió nuevos requisitos técnicos para productos de higiene personal, cosméticos y perfumes. Dicha normativa oficializada la semana pasada, elimina la exigencia del certificado de libre venta para los países miembro del MERCOSUR. También el documento que solicitaba que la fórmula de los productos pasara por el Consulado.
La ANMAT internalizó los nuevos requisitos técnicos para los productos de higiene personal, cosméticos y perfumes, que el MERCOSUR había oficializado en el 2018. Ver Boletín Oficial
Lo hizo a través de la dispo 8079 publicada la semana pasada en el Boletín Oficial. La misma elimina la exigencia del certificado de libre venta para los países fabricantes integrantes del mencionado bloque económico. A la vez que la ANMAT aclaró que tampoco lo requerirá para productos provenientes de países extrazona. Ver aclaratoria.
También se dejó asentado que dejará de solicitarse la entrega al correspondiente Consulado del documento que especifica la fórmula y detalles del producto.
La nueva normativa -que deroga la dispo ANMAT nº 3478 emitida en el 2005- entrará en vigencia simultáneamente en los Estados Partes «30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría del MERCOSUR», según los términos del Protocolo Ouro Preto.