A partir del viernes 30 de diciembre de 2022 quedará prohibido el uso de productos cosméticos y de higiene oral que contengan microperlas de plástico. Esto en función de que la fecha límite para adecuarse a la Ley 27.602 se había definido hasta el jueves 29 de diciembre. Se trata, sin embargo, de un componente cuyo uso ya está casi eliminado en el segmento.
La ANMAT publicó una nueva medida relativa a la Ley n° 27.602, sancionada en diciembre del 2020 y que establece la prohibición de la producción, importación y comercialización de productos cosméticos y de higiene oral que contengan microperlas de plástico. Ver artículo ley
A mediados de este año, el organismo que tiene como titular a Manuel Limeres había definido como plazo hasta el jueves 29 de diciembre del 2022 para que las empresas titulares, fabricantes e importadoras de cosméticos y artículos de higiene oral de uso odontológico inicien ante la ANMAT el correspondiente trámite de modificación de fórmula y rótulos. Ahora, y de acuerdo a la Disposición 9.365 se determinó que a partir del 30 de diciembre de 2022 se prohíbe el uso de productos cosméticos y de higiene oral que contengan microperlas de plástico. Ver artículo / Ver Disposición 9.365
La ANMAT, a su vez, listó los ingredientes que al momento están alcanzados por la prohibición de uso en productos cosméticos y en productos de higiene oral de uso odontológico cuando se presentan como microperlas o microesferas. En la misma figuran: nylon (polyamide, PA); polyethylene terephthalate (PET); polymethyl methylacrylate (PMMA); polyethylene (PE); polypropylene (PP); polystyrene (PS); polyurethane (PUR); polylactic acid (PLA); y cellulose acetate.
Para la confección de dicha nómina se aclara que se tuvo en cuenta lo expresado en el documento “Microbead-Free Waters Act of 2015-EEUU” y en el Reporte Final “Intentionally added microplastics in products” de la Comisión Europea de octubre 2017, a partir de los cuales es posible entender como microperlas a aquellas microesferas usadas para exfoliar e higienizar. También se subraya que la lista no resulta exhaustiva y que queda sujeta a futuras actualizaciones en función de los avances y nuevos lineamientos internacionales en la materia.
Cabe aclarar, sin embargo, que en el segmento el componente ya casi está completamente erradicado en el mercado local. Las «microbeads» solo contribuyen al 1% de los microplásticos que contaminan los océanos, y gran parte de ellos provienen del sudeste asiático y la India. Por tanto, la medida no tendría un impacto relevante.
La Disposición publicada hoy jueves 24 de noviembre en el Boletín Oficial está específicamente dirigida a la Cámara Argentina de la Industria de Productos de Higiene Personal, Cosmética y Perfumería (CAPA); así como también a la Asociación Argentina de Químicos Cosméticos; y demás organismos y asociaciones relacionadas.