El Estado nacional reglamentó la ley 27.669 que hace de marco regulatorio para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial. Así, entra en vigencia a partir de hoy, lunes 7 de agosto. La normativa se había promulgado en mayo del año pasado.

El negocio del cannabis medicinal e industrial está en pleno desarrollo en la Argentina y en esta parte de agosto continúa tomando forma. Es que hoy, lunes 7, se reglamentó la ley 27.669, que regula a esta industria.

Fue a través de la publicación en el Boletín Oficial del decreto 405. De esta manera, la medida ya entró en vigencia a fin de promover el crecimiento de este sector. Ver Boletín Oficial.

El documento establece que la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) estará dentro de la órbita de la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía. Y será este organismo la autoridad de aplicación de la ley aprobada.

Allí se faculta a esta agencia para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicte las normas aclaratorias o complementarias para la efectiva aplicación de la reglamentación. Por su parte, se define que el jefe de Gabinete de Ministros, Agustín Rossi, efectuará las reasignaciones presupuestarias que sean necesarias para atender las erogaciones que requiera el cumplimiento del decreto.

En tanto, en enero de este año se definió a Francisco Echarren como titular de la ARICCAME. La agencia regulatoria está encargada de aprobar y administrar las licencias para la producción industrial del cultivo. El organismo tiene autarquía técnica, funcional y financiera; con jurisdicción en todo el territorio de la Nación. Su función es regular la importación, exportación, cultivo, producción industrial, fabricación, comercialización y adquisición, por cualquier título de semillas de la planta de cannabis, del cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales o industriales. Ver artículo ARICCAME con titular.

Asimismo, en la ley también se convoca a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a designar a sus representantes en el Consejo Federal para el Desarrollo de la Industria del Cáñamo Cannabis Medicinal a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 10.

ARICCAME: agencia cannabis ya tiene titular

Cannabis industrial: se promulgó ley

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Florencia Lippo
Redactora multimedial [email protected]

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