La Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, estableció los topes indemnizatorios correspondientes al acuerdo suscripto entre el gremio FATSA y la cámara de droguerías ADEM. Todo en el marco de la ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.

A través de sendas disposiciones publicadas hoy en el Boletín Oficial, la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo fijó el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio correspondiente a los acuerdos salariales oportunamente homologados por FATSA y ADEM y que quedaron registrados bajo los números 1091/20, 183/20 y 184/20.

La primera de ellas, que lleva el número 242, está vinculada con el acuerdo homologado por la resolución 806/2020 y registrado bajo el número 1091/20. En este caso, el organismo dependiente del Ministerio de Trabajo estableció un promedio de remuneraciones de $44.180,00 (u$s 423,18) y un tope indemnizatorio de $132.324,00 (u$s 1.267,47), con entada en vigencia el 1° de enero de 2020. Para la zona patagónica, estos montos fueron determinados en $52.929,60 (u$s 506,99) y $158.788,80 (u$s 1.520,97), respectivamente. Ver dispo 242 Ver anexo

Las empresas que forman parte de ADEM y a las que les caben estos parámetros son: Droguería del Sud; droguería Suizo Argentina; droguería Masa -ex Monroe Americana-; Asoprofarma; droguería 20 de junio; droguería Disval; droguería COFALOZA; droguería Kellerhoff; droguería COFARSUR, de Córdoba; entre otras. Ver Cámara

Por su parte, a través de la disposición 243, determinó para el caso del acuerdo 183/20 un promedio de remuneraciones de $32.062,80 (u$s 307,11) y un tope indemnizatorio de $96.188,40 (u$s 921,34), con vigencia desde el 1° de mayo de 2019. Para la región patagónica, ambos valores fueron fijados en $38.475,36 (u$s 368,54) y $115.426,08 (u$s 1.105,61), respectivamente. Ver dispo 243 / Ver anexo I

En tanto para el acuerdo 184/20, con vigencia a partir del 1° de agosto de 2019, la cartera laboral determinó un promedio de remuneraciones de $35.102,60 (u$s 336,23) y un máximo indemnizatorio de $105.307,80 (u$s 1.008,70). Para la región patagónica, estableció valores de $42.123,12 (u$s 403,48) y $126.369,36 (u$s 1.210,43), en cada caso. Ver anexo II

Según lo establece el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cartera laboral debe publicar los promedios de remuneraciones sobre los cuales se fijan los topes indemnizatorios cada vez que se firma un acuerdo salarial.

u$s 1 =$104,30 (Cotización BCRA al jue 30/09/2021 – cierre)

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Christian Atance
Periodista especializado en finanzas y mercado de capitales.

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