Las gerencias de recursos humanos no podrán emitir ningún telegrama de despido hasta el próximo 31 de julio. Esa es la nueva fecha que fijó el gobierno Nacional a fin de que en esta época de recesión y cuarentena las empresas se abstengan de cualquier desvinculación.

Las empresas están vedadas de despedir personal durante esta cuarentena. Esto en función del decreto antidespidos que emitió el gobierno el pasado martes 31 de marzo.

Y ahora, esta decisión se volvió a prorrogar por el término de otros 60 días corridos. La misma tomará vigencia a partir del domingo 31 de mayo -día en que vence el decreto de marzo n° 329- y se alargará hasta el próximo viernes 31 de julio. Ver decreto 487

El documento detalla a su vez que se estableció una serie de medidas a fin de ayudar a las empresas a sobrellevar los efectos de la emergencia. Entre ellas resalta «la postergación o disminución de obligaciones tributarias y de la seguridad social, la asistencia mediante programas específicos de transferencias de ingresos para contribuir al pago de los salarios y la modificación de procedimientos para el acceso a estos beneficios, en función de la gravedad de la situación del sector y del tamaño de la empresa». También se dispusieron garantías públicas con el fin de facilitar el acceso al crédito de micro, medianas y pequeñas empresas -MiPyMES-.

El decreto que lleva la firma del presidente Alberto Fernandez, del jefe de Gabinete de Ministros, Santiago Cafiero; del ministro de Trabajo, Claudio Moroni; y de otros funcionarios, remarca que todo despido y suspensión que se produzca a pesar de la prohibición no tendrá efecto alguno y se mantendrán vigentes las relaciones laborales existentes, al igual que sus condiciones actuales.

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