El Ministerio de Salud de la Nación reglamentó hoy la ley de Cuidados Paliativos. La normativa se había promulgado y sancionado en julio del año pasado y tiene como objetivo asegurar el acceso a las prestaciones integrales en sus distintas modalidades. Rige tanto para el ámbito público como para el privado.
A casi un año de su promulgación y sanción, en esta parte de junio se reglamentó la ley nacional Nº 27.678 de Cuidados Paliativos, a través del decreto 311 publicado hoy en el Boletín Oficial. El documento lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; la ministra de Salud Carla Vizzotti y el jefe de Gabinete Agustín Rossi. Ver decreto 311.
La normativa tiene como uno de sus objetivos principales desarrollar una estrategia de atención interdisciplinaria centrada en la persona, que atienda a las necesidades físicas, psíquicas, sociales y espirituales de los pacientes que sobrellevan enfermedades amenazantes y/o limitantes para la vida. Ver Comunicado.
Por otra parte, se implementan acciones necesarias para propiciar el acceso a medicamentos esenciales en cuidados paliativos y se promueve que las obras sociales, las entidades de medicina prepaga y todos aquellos agentes que brinden servicios médicos asistenciales propicien el acceso a dichos medicamentos para sus afiliados.
El decreto de reglamentación fue presentado en el ámbito del COFESA y avalado por todas las jurisdicciones. El artículo 2 estipula que el Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación de la ley y de la reglamentación. De esta manera, quedará facultado para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que fueran necesarias para su efectiva implementación.