Las marcas siempre han sido relevantes en el mercado farmacéutico local. Ahora el DNU del presidente Javier Milei hace foco en las prescripciones genéricas. La cámara industrial CILFA sale a dar su posición.

Apenas pasaron un par de horas desde que el presidente Javier Milei diera a conocer en cadena nacional el superdecreto con el que busca desregular la economía argentina y, como era de esperar, comenzaron a surgir voces de disidencia de distintos sectores.

Una de ellas fue la que esgrimió la Cámara Industrial de Laboratorios Farmacéuticos Argentinos (CILFA). A través de un post en X, su director ejecutivo Eduardo Franciosi, consideró «contradictorio que un gobierno liberal inhiba a través de un DNU la libertad de los médicos para prescribir marcas«. Ver Post

En uno de sus numerosos artículos, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 que salió publicado hoy en el Boletín Oficial, modificó la Ley 25.649 del año 2002 al establecer que toda prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o la denominación común internacional que se indique. Ver Ley 25.649

En sintonía, también editó la Ley 17.132 relativa al Ejercicio de la medicina, odontología actividades de colaboración. En el artículo 7 del inciso 19 ahora se hace constar taxativamente que la prescripción podrá consignar únicamente el nombre genérico del medicamento denominación común internacionalVer Ley 17.132

Salud: el desglose del DNU de Milei

Farma, prepagas y OO.SS, entre los desregulados

 

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Christian Atance
Periodista especializado en finanzas y mercado de capitales.

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