El gobierno avanza con la desburocratización del Estado. Y en esta parte de septiembre se agilizaron los tiempos para tramitar el registro de productos biológicos de uso veterinario, mediante las resoluciones 1065 y 1066.
Los biológicos de uso veterinarios están en el eje en función de que el SENASA sigue avanzando en la simplificación de procedimientos. Esto es en el marco del proceso de simplificación de normas y agilización de trámites que el organismo está llevando a cabo. Ver comunicado.
Ahora, la entidad traspasó a la órbita de su Dirección General de Laboratorios y Control Técnico la inscripción en el Registro de Productos Biológicos de Uso Veterinario y el Programa de Resistencia Antimicrobiana (RAM).
De esta manera, mediante la Resolución 1065 publicada hoy en el Boletín Oficial, se transfirió el procedimiento de inscripción para productos biológicos de uso veterinario y para los equipos de diagnóstico (Kits) biológicos, que hasta ahora pertenecía a la Dirección de Productos Veterinarios. Esta modificación del marco regulatorio permite desburocratizar procesos internos y reducir los plazos. Ver Resolución 1065
En tanto, a través de la Resolución 1066, el SENASA estableció que la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico sea la autoridad de aplicación del Programa Nacional de Vigilancia de la Resistencia a los Antimicrobianos (RAM) en animales destinados al consumo humano. Según el comunicado, esto permite minimizar los tiempos de tramitación en el tratamiento técnico y de ensayos del uso de medicamentos. Ver Resolución 1066