El gobierno tiene la lupa puesta en controlar la inflación. Y para eso liberó las importaciones de algunos productos del consumo masivo. En paralelo, esta semana modificó los aranceles relacionados con el despacho de la importación de productos ante la ANMAT, a fin de que las tarifas escalonadas sean más progresivas.
La ANMAT tiene nuevos aranceles para la importación de especialidades medicinales; productos médicos; y cosméticos, entre otros. Así se estableció en la Disposición 3156, publicada este miércoles en el Boletín Oficial. Ver disposición 3156
En enero, como es habitual, el organismo dio a conocer las nuevas tarifas. Y ahora, en esta parte de abril, el gobierno modificó los aranceles relacionados con la importación de productos, a fin de hacerlos progresivos. Así, el arancel mínimo se redujo un 93%, en líneas generales, y el máximo se aumentó un 59% en la mayoría de los casos. Ver ANMAT nuevas tarifas enero
La nueva dispo modifica las Disposiciones ANMAT 1; 2; 23 y 25, del 8 de enero de 2024. Según el documento esta medida tiene el objetivo de que exista «una nueva escala progresiva y equitativa para todas las empresas que presenten tramitaciones de Importación de Comercio Exterior» ante el regulador.
De esta manera, el anexo I se enfoca en las especialidades medicinales. Allí se informa que los despachos de importación en este segmento tendrán un nuevo arancel escalonado dependiendo del monto importado. Desde $0 hasta los $500.000 (u$s 548,95) se redujo el monto, y se abonará $10.000 (u$s 10,97); mientras que entre los $500.000 (u$s 548,95) y los $5.000.000 (u$s 5.489,55) tendrá que pagar $150.000 (u$s 164,68). Y, por caso, para las operaciones de más de $50.000.000 (u$s 54.895) el arancel ante la ANMAT será de $950.000 (u$s 1.043).
En el anexo II la disposición hace referencia al despacho de importación de productos médicos. En este grupo el arancel se inicia en los $10.000 (u$s 10,97), para las impos de hasta $500.000 (u$s 548,95) y el monto máximo, de más de $50.000.000 (u$s 54.895), abonará una tarifa de $550.000 (u$s 603,85).
Para los productos cosméticos, de higiene personal y perfumes, por su parte, el anexo III detalla que el arancel comienza con $10.000 (u$s 10,97) y el máximo llega a los $950.000 (u$s 1.043). Los mismos montos se aplican para los productos de higiene oral de uso odontológico. Y también se menciona a los domisanitarios. Para estos artículos se establece que el trámite de autorización de libre circulación, por producto hasta un máximo de cuatro presentaciones, se fija en $10.000 (u$s 10,97) para las importaciones menores de $500.000 (u$s 548,95) y hasta $950.000 (u$s 1.043) en las transacciones mayores a los $50.000.000 (u$s 54.895).
u$s 1 = $910,82 (Cotización BCRA al jue 11/04/24)