El Ministerio de Salud le terminó de sacar tarjeta roja a todos los devices que se usan como sustituto del tabaco. En el 2011, la ANMAT le había dicho que no a la importación, comercialización y publicidad de los cigarrillos electrónicos. Ahora desde el estado nacional se toma una medida en sintonía apuntando a los calentadores de tabaco.

Los devices de nueva generación y en los que están enfocados las dos principales tabacaleras del sector ya tienen impreso el pulgar abajo para su venta en la Argentina.

Esto es porque desde el Estado nacional se acaban de reforzar los lineamientos tomados por la Argentina en el 2011, cuando se prohibió la importación, comercialización y publicidad de los cigarrillos electrónicos. Ahora se tomó una decisión que va en el mismo sentido y dirigida a los productos de tabaco calentado (PTC), que se marketinean como un reemplazo del cigarrillo tradicional.

La decisión se hizo oficial a través de la publicación de la resolución 565, que lleva la firma de la ministra de Salud Carla Vizzotti. En el documento se detalla que, de acuerdo a investigaciones independientes, estos productos producen aerosoles con nicotina y otras sustancias químicas, las cuales son dañinas y potencialmente dañinas para la salud. Ver resolución 565.

Además, la resolución aclara que la evidencia sostiene que «los productos novedosos como los PTCs y similares son especialmente atractivos para niños y adolescentes», y su introducción en el mercado «tiene el potencial de conducir a la iniciación tabáquica en jóvenes y adultos no fumadores«. A su vez, se menciona que tanto la OMS como la FDA han manifestado su preocupación por la «rápida expansión que ha tenido el consumo de estos productos novedosos entre los estudiantes de nivel medio en varios países del mundo«.

En este segmento, catalogado como THP, tobacco heating products, la tabacalera British American Tobacco, BAT posee un portfolio bajo las marcas Glo y Neocore, mientras que Philip Morris comercializa IQOS. Vale aclarar que Neocore e IQOS sí poseen el aval de la FDA. Ante la situación en el país, la BAT, viene realizando una profusa publicidad en medios locales, e incluso ha invitado periodistas a Europa, a fin de que promuevan sus tecnologías y productos. Ver artículo estrategia PM // Ver artículo IQOS.

En el 2011 la ANMAT, mediante la disposición 3226/2011, prohibió los cigarrillos electrónicos. La principal diferencia entre ambos productos es que el vapeador, o cigarrillo electrónico, no contiene tabaco, y su formulación líquida -que puede o no incluir nicotina- crea un vapor que se puede inhalar. En cambio, los PTC sí contienen tabaco y lo calientan a fin de generar un aerosol que el usuario inhala. Ver artículo Antitabaco: prohibición de ANMAT.

En la región el año pasado la COFEPRIS también le puso la lupa a estos artículos. En un comunicado publicado por el organismo mexicano se remarcó que los cigarrillos electrónicos y los productos de tabaco calentado son promovidos como una alternativa para dejar de fumar, aunque «su eficacia no fue comprobada». Asimismo, se aclaró que «ningún vapeador o calentador de tabaco cuenta con autorización sanitaria, ni reconocimiento por parte de la Secretaría de Salud como productos de riesgo reducido o alternativo«. Ver artículo COFEPRIS. 

Antitabaco: prohibición de ANMAT y fair play

Philip Morris se copia de farma

COFEPRIS: vuelve con alerta a vapeadores

 

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