La Secretaría de Comercio, que tiene como flamante timonel a Roberto Feletti, decidió unilateralmente avanzar con el congelamiento de precios a través de una canasta de 1.432 productos. Esto después de que la reunión contrarreloj que sus funcionarios mantuvieron al martes con representantes de las industrias de alimentos, bebidas, productos de tocador y limpieza y los supermercados terminara sin fumata blanca.
Ante la falta de acuerdo con el sector privado por el anunciado congelamiento de precios, el Gobierno optó por oficializar la medida sin el pertinente consenso. Así, a través de la Resolución 1050/2021, publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció la fijación temporal de precios máximos de venta al consumidor para 1.432 productos definidos por la Secretaría de Comercio. Ver resolución.
El listado incluye tanto primeras marcas como productos de pequeñas y medianas empresas que pertenecen a los rubros almacén, limpieza e higiene y cuidado personal. Los valores definidos que se retrotrajeron al 1 de octubre y serán congelados hasta el 7 de enero de 2022, tendrán vigencia en todo el territorio nacional. Ver anexo.
Esto implica que los aumentos que había concedido la propia Secretaría de Comercio durante el último tramo de la gestión de Paula Español y que entraron en vigencia en los primeros días de octubre, no fueron validados. La resolución integra a programas de Precios Cuidados y Super Cerca, para supermercados y autoservicios de cercanía. En contrapartida, el canal de farmacias no está incluido en esta iniciativa. Pharmabiz había publicado ayer que la canasta de aseo personal está constituida por 247 productos. La nómina oficializada hoy es idéntica a la dada a conocer por este medio. Ver artículo Forceps para Consumi, sin farmacias.
Según el enunciado, las empresas que forman parte de la cadena de producción, distribución y comercialización de los productos incluidos en la resolución, deberán «incrementar su producción hasta el máximo de su capacidad instalada y a arbitrar las medidas conducentes para asegurar su transporte y provisión durante el período de vigencia». Además de consigna que el «incumplimiento de lo establecido en la presente resolución será sancionado conforme lo previsto en la Ley N° 20.680 y sus modificaciones».
Pese a la oficialización de la medida, el secretario Feletti dejó las puertas abiertas a nuevas rondas de negociaciones mientras que desde el sector empresarial no descartan llevar el tema a la justicia.