El Estado nacional volvió a estirar la prohibición de efectuar despidos hasta el lunes 31 de mayo. La medida había nacido previo a la cuarentena el 13 de diciembre del 2019 y se mantiene vigente. Es su quinta prórroga y la cuarta desde el arranque del aislamiento obligatorio.
En plena escalada de la segunda ola del COVID-19, el Estado decidió prorrogar el cepo a los despidos. El nuevo decreto se dictó en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria y ocupacional. Ver Decreto 266/21.
Así, se fijó un alargue a la prohibición de efectuar despidos sin causa hasta el lunes 31 de mayo. De esta forma, la medida tendrá una vigencia de casi un año y medio desde su inicio, el viernes 13 de diciembre de 2019.
El decreto contempla asimismo la imposibilidad de llevar a cabo suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo hasta la misma fecha. Las únicas permitidas serán las que queden debidamente comprobadas, pactadas individual o colectivamente y homologadas por el Ministerio de Trabajo como consecuencia de la emergencia sanitaria.
A su vez, este decreto renueva por el mismo plazo la consideración presuntiva de la patología COVID-19 producida por el virus SARS-CoV-2 como una enfermedad de carácter profesional -no listada-. Esta medida rige para los casos en que las primeras manifestaciones del coronavirus se hayan producido a partir del día 20 de marzo de 2020 en adelante.