La crisis por el COVID-19 generó un «efecto alivio» para los usuarios de prepagas. Las empresas prestadoras se vieron vedadas de aumentar sus tarifas durante este 2020. En el 2019 el incremento de sus cuotas había llegado al 60.6%.
Durante el 2019 las prepagas se convertían en noticia una vez por bimestre. Esto fue en razón de los consecutivos aumentos que aplicaban a sus cuotas, después de la pertinente autorización del Estado.
Sin embargo, durante este 2020, y a pesar de que el sistema estuvo súper exigido producto de los casos de COVID-19, las tarifas se mantuvieron planchadas.
El año pasado, el Boletín Oficial reflejaba de forma recurrente los distintos aumentos que se acordaban entre las partes después de las justificaciones del caso. El primero había sido de un 5% en febrero; un 7.5% desde el 1 de mayo; un 17.5% desdoblado en julio, agosto y septiembre; un 4% en octubre; y otro 4% en noviembre. Ver artículo. Ver artículo. Ver artículo.
Y al filo del cierre del año, el 2 de diciembre, se había hecho efectivo el último aumento del 2019 para el sector de las prepagas. El mismo había sido avalado por el gobierno a fines de octubre con las urnas todavía calientes, e implicaba un incremento del 12% -el más grande de los cinco autorizados durante el año– en las cuotas de la medicina privada. Ver artículo.
Para compensar el congelamiento de las tarifas que rige desde que asumió la actual administración, en marzo el gobierno les otorgó a las prepagas y a otras instituciones y prestadores del sector salud una reducción del 95% en las contribuciones patronales y el pago de una menor alícuota en el impuesto al cheque.
El retoque se constituyó en el octavo del año y combinado con los anteriores totalizó un alza del 60.6%, cifra que superó a la inflación del 53.8%. Ver artículo.
Para equilibrar las alicaídas cajas de las empresas del sector, en marzo pasado el Estado dispuso otorgar un reducción del 95% en las contribuciones patronales que estas deben realizar al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), al tiempo que les fijó una menor alícuota en lo que respecta al pago del impuesto al cheque. Ver Decreto 300.
El decreto presidencial 300/2020 del 19 de marzo estableció este tratamiento diferencial por un período de 90 días, destacando entre los considerandos el rol que cumplen los establecimientos e instituciones relacionados con la salud en el marco de la declaración de emergencia pública en materia sanitaria dispuesta por la Ley N° 27.541.
Según un anexo del decreto, las reducciones en las contribuciones alcanzan a obras sociales, servicios de seguros de salud –medicina prepaga y mutuales-, hospitales, servicios de atención ambulatoria realizada por médicos y odontólogos, servicios de diagnóstico y tratamiento, y servicios de emergencias y traslados, entre otros.
Cumplidos los 90 días, el Poder Ejecutivo sancionó el pasado 18 de junio el Decreto 545/2020 que prorrogó los mencionados beneficios por 60 días adicionales, plazo que venció la semana pasada. En el sector dan por sentado que, en breve, el presidente Alberto Fernández dispondrá de una extensión de los mismos hasta fin de año. Ver decreto 545.