Aquellas empresas vinculadas a la cosmética y a los domisanitarios que hayan iniciado sus trámites en formato papel deberán completar sus gestiones de manera digital. Será vía plataforma TAD hasta tanto se mantengan vigentes las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio decretadas por la pandemia del COVID-19.
La ANMAT se expidió hoy acerca de los trámites relacionados con productos domisanitarios, cosméticos y de higiene personal que hayan sido iniciados en soporte papel. Ver comunicado
El organismo que tiene como titular a Manuel Limeres informó que desde ayer miércoles 5 de agosto y hasta que se mantengan vigentes las medidas de aislamiento social obligatorio, las empresas deberán adaptarse a diferentes circuitos administrativos según las solicitudes que tengan que tramitar. Esto, aclaran, es para todos los procedimientos que se presentaron previo a la implementación del Sistema de Gestión Electrónica.
Así, y según lo detalla la ANMAT en su comunicado, los trámites incluidos en esta medida son aquellos «expedientes de solicitud de habilitación de establecimientos para el rubro cosmético o de higiene oral»; así como el pedido de «inscripción en el RNE de establecimiento domisanitario» y el «registro o reinscripción de domisanitarios de riesgo 2″.
En los tres casos se deberá iniciarse una presentación mediante la plataforma TAD -Trámites a Distancia-. Allí tendrá que indicarse el motivo del trámite y el número de expediente que fue dado en soporte papel. También se deberá adjuntar documentación que contenga el recibo de pago del arancel y la carátula del expediente iniciado en papel; y otros formularios específicos según el trámite.