Esta semana, la ANMAT determinó los requisitos para el registro de especialidades medicinales diseñadas con tecnología nanométrica. Las mismas deberán tener antecedentes en otros productos registrados en la Argentina o en países del Anexo I.
La ANMAT emitió una normativa específica referente a los productos nanofarmacéuticos. Fue por medio de la dispo 9943 que se publicó esta semana en el Boletín Oficial. Ver disposición.
De esta forma, se determinaron los requisitos y lineamientos para el registro de especialidades medicinales diseñadas con tecnología nanométrica. Dicho documento entrará en vigencia a los 60 días de haberse hecho oficial y público.
Se consignó que la composición cualicuantativa, la plataforma de liberación, la indicación terapéutica y la vía de administración propuesta deben contar con antecedentes en otros productos registrados en el país o en alguno de los países del Anexo I, y que constan en el decreto 150/92. Ver decreto.