La propiedad de las farmacias, las barreras de entrada, la distribución geográfica y el acceso de nuevos oferentes fueron los puntos claves de la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el caso Farmacity. Hoy se hicieron presentes las diferentes voces del sector. Y la próxima semana harán lo propio las partes en disputa.
Hoy miércoles 7 de noviembre se llevó a cabo la audiencia pública convocada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el caso Farmacity.
Allí, diferentes actores expusieron sus opiniones sobre el litigio en cuestión. Por caso, el sociólogo Sebastián Lópes Perera introdujo en la audiencia una investigación que puso blanco sobre negro acerca de la distribución de las farmacias en el territorio bonaerense.
Detalló, por caso, que la relación de habitantes por farmacia de cada partido es bastante desigual según se trate del nivel socioeconómico de cada ciudad. Así, comparó a Vicente López con José C. Paz. Subrayó que se trata de partidos que tienen un nivel de población similar, aunque en el caso de Vicente López hay 2.533 habitantes por farmacia, mientras que en José C. Paz son 10 mil habitantes por farmacia y puntualizó que las mismas inequidades se presentan en el corredor sur del Gran Buenos Aires. Por caso, dijo que en el partido de Almirante Brown surgen diferencias abismales entre los distintos barrios en los que hoy no está Farmacity.
El estadista Sebastián Lópes Perera llevó a la audiencia un relevamiento de mercado en el que reflejó la distribución de las farmacias en el territorio bonaerense. Así quiso mostrar las desigualdades actuales que presentan los barrios de alto y los de bajo poder adquisitivo en función de la relación de habitantes por farmacia.
Asimismo, en Adrogué -una zona de alto poder adquisitivo- hay 1.052 habitantes por farmacia, mientras que en la paupérrima Claypole hay 11.381 vecinos por punto de venta.
Por su parte el ex ministro de Salud, Ginés González García arrancó picante. Dijo que podría cometer un pecado por omisión pero no «por comisión». Y comenzó su alocución subrayando que su fuerte no son las cuestiones legales. Para argumentar su posición se refirió al mal uso de los medicamentos y al concepto de «polifarmacia«. Explicó que el Estado se ocupa de controlar qué tiene el medicamento en su interior, mientras que las farmacias se ocupan de la relación con el exterior. Y allí mencionó, por caso, a la farmacovigilancia.
Y en ese punto estuvo de acuerdo con el orador que lo antecedió. Afirmó que el 20% de las farmacias venden el 60% de los medicamentos. Allí se refirió al caso de Chile donde remarcó que en la actualidad se registra un gran problema de accesibilidad. En ese contexto, resaltó el alto nivel de precios de los medicamentos en dicho mercado.
El ex ministro de Salud, Ginés González García estuvo más que picante. Dijo que «podría cometer un pecado por omisión pero no por comisión». También se refirió a su experiencia en Chile, donde remarcó que se registra un problema de accesibilidad y un alto nivel de precios en los medicamentos.
Constitucionalistas
El experto en derecho constitucional Hernán Gullco, dijo que considera correcto lo argumentado en el dictamen de la procuración en el sentido de que la ley impugnada constituye una invasión a las facultades del Congreso. Pero suponiendo que las facultades de la legislatura local no han quedado desplazadas por las del Congreso de la Nación avisó que examinaría si en el ejercicio de su poder de policía, la provincia ha realizado una reglamentación razonable del artículo 14 de la Constitución Nacional, es decir del derecho a ejercer una industria lícita y a trabajar, o si por el contrario se trata de una regulación irrazonable. Subrayó que los derechos económicos tienen un expreso respaldo en la Constitución Nacional y que esto surge muy claro de la obra de Juan Bautista Alberdi.
Los constitucionalistas también tuvieron su lugar. Se analizó por caso si la ley impugnada constituye una invasión a las facultades del Congreso. También se puso en el centro de la escena la importancia de los derechos económicos en el marco de la Constitución Nacional y al hecho de ejercer una industria lícita, y a trabajar.
Agregó también que la reforma constitucional de 1994 incorporó el artículo 42, que establece la libre competencia como un valor importante. De modo que el constitucionalista resaltó que la libre competencia no es solo un argumento económico sino también de índole constitucional.
A su turno, el constitucionalista Andrés Gil Domínguez puso el eje en el federalismo. Repasó que a lo largo de la historia argentina, este concepto ha tenido diferentes significados. Por caso, dijo que tanto José Artigas como Manuel Dorrego pensaban un federalismo en el que las provincias tenían fuertes potestades. Mientras que Juan Bautista Alberdi, proyectaba un federalismo centralizado. Así la constitución de 1853 recogió el espíritu de Alberdi, pero posteriormente con la reforma de 1994 se estableció un régimen federal de concertación.
En ese contexto se refirió a la Constitución de la provincia de Buenos Aires que establece que retiene el derecho a la Salud. Agregó que el decreto de necesidad y urgencia 2284 del año 1991 que luego fue ratificado por ley determinó que toda persona física o jurídica podía ser propietaria de farmacia sin ninguna restricción. Aunque aclaró que este régimen dependía de la adhesión de las provincias.
El titular del sindicato ADEF vio con buenos ojos la decisión de Farmacity de abrir nuevas farmacias en función de que se crearán nuevas fuentes de trabajo para el sector. Puso en tela de juicio además la figura del «socio comanditario«. Dijo que origina un daño concreto a los farmacéuticos que carecen de medios económicos para ser propietarios.
Barreras de entrada
El abogado y profesor de derecho constitucional Lucas Grosman consideró que resulta contrario a la constitución nacional el hecho de que la ley 10.606 de la provincia de Buenos Aires prohíba que las sociedades anónimas sean propietarias de farmacias en dicha provincia y restrinjan la cantidad de farmacias por localidad o dentro de determinado radio.
Justificó que dicha normativa vulnera los derechos constitucionales a la libre elección, a la competencia y a la salud. Dijo que dichas restricciones establecen un monopolio legal en favor de las farmacias ya establecidas. Así, los bonaerenses solo pueden comprar medicamentos a cierto tipo de personas y algunos de ellos, solo pueden acceder a una única farmacia en el radio de su hogar.
Bálsamo de la ADUC también se refirió a la distribución de las farmacias, aunque en Capital Federal. Así puso en eje la misma cuestión que realzaron varios de los expositores que indicaron la presencia de las farmacias en los enclaves comerciales relevantes. Dijo que Farmacity se concentra en Microcentro, Recoleta, y Palermo.
A su vez, el economista Marcelo Celani de la Universidad Torcuato Di Tella definió que las restricciones al comercio tienden a ser excepcionales. Afirmó que las barreras de entrada implican una restricción de la oferta y tienen que estar fundadas. En ese contexto explicitó algunos de los casos en los que se imponen, como cuando el Estado administra algún tipo de recursos escasos tales como las limitaciones en la pesca o en el caso del espectro radioléctrico, de la telefonía celular.
Subrayó además que las barreras se establecen en función del interés general, no del particular. Las restricciones al comercio buscan proteger a los ciudadanos. Sin embargo, en el caso de la ley provincial que está en tela de juicio afirmó que beneficia claramente a los actores que ya están operativos en el mercado y por tanto, puntualizó que las limitaciones a la competencia disminuyen la capacidad de elegir de los consumidores.
Por su parte el economista Marcelo Capello precisó que la existencia de nuevos oferentes generan mayor competencia y mayor bienestar para la ciudadanía. Así trajo a la sala el caso especial de Córdoba, donde explicó que está vigente una ley que atiende a la desregulación económica y refirió que a diferencia de la legislación bonaerense, la de Córdoba no restringe la libertad en la titularidad de las farmacias. Afirmó que las restricciones perjudican directamente al consumidor, que es quien debe ser el directo beneficiario. Detalló que con más opciones se genera mayor disponibilidad de stock, horarios de atención más amplios, etc. Puntualizó que en el caso de Córdoba existen 2450 farmacias: 818 en la capital y 1632 en el interior. Explicitó que desde 2012 a 2018, el parque de farmacias aumentó un 7% y que Farmacity se instaló en el año 2004 desde que abrió 33 sucursales, lo que constituye el 1.3% de la cantidad de farmacias en la provincia. Por lo que, dijo no se ha generado un abuso de posición ni una situación que ponga en riesgo la competencia en el mercado de los medicamentos.
Más tarde Diego Morales que tomó el micrófono por el Centro de Estudios Legales y Sociales trajo a colación la legislación europea. Planteó la necesidad de medidas para que se controle el acceso a los servicios de atención y citó antecedentes del tribunal europeo refiriéndose a casos del 2009 y del 2010.
Sindicato, consumidores y más
Por su parte Víctor Carricarte, el titular del sindicato ADEF, dijo que llegó a la corte para hacer oír la voz de los trabajadores de farmacias y sostuvo que según la experiencia previa de las cadenas de farmacia en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires no se ha verificado una crisis de empleo en el sector. Ve con buenos ojos además la decisión de Farmacity de abrir nuevas farmacias en función de que se crearán nuevas fuente de trabajo. Y poco después se refirió al rol del «socio comanditario» que actualmente forma parte de la ley provincial.
Dicho que dicha figura origina un daño muy concreto a los farmacéuticos que carecen de medios económicos para ser propietarios, ya que tienen que aceptar ser socios comanditos, en sociedades comerciales en las que asumen una responsabilidad subsidiaria, ilimitada y solidaria, con la farmacia de la que son socios empleados.
Subrayó que ante deudas y quebrantos terminan siendo imputados por delitos que le son ajenos. A la vez que resaltó que el farmacéutico socio-empleado es solidario en las pérdidas pero no participa en las ganancias.
En representación de la Asociación de Defensa de los Derechos de Usuarios y Consumidores -ADUC-, Héctor Balsano hizo hincapié en la concentración de farmacias en la Capital Federal. Allí fue en la misma dirección que los primeros oradores aunque en un sentido inverso. Remarcó que Farmacity tiene la mayoría de sus locales en las zonas de mayor poder adquisitivo: Recoleta, Palermo y Microcentro. Y dijo «no podemos poner al mercado por sobre la salud». Agregó que el medicamento no puede ser comercializado en un formato mercantil. «No podemos aceptar la venta de medicamentos como si fuera un supermercado». Acotó a su vez que los precios de los medicamentos son un problema de los laboratorios y por lo tanto que dicha arista no es competencia de las farmacias.